REQUISITOS QUE TIENE QUE TENER UNA PROPIEDAD PARA SER APTO CRÉDITO
Qué requisitos deben cumplir las propiedades para que sean aptas créditos?
- El título de propiedad no debe tener embargo ni otras medidas cautelares sobre el bien (por ejemplo, un juicio en trámite), tampoco restricciones al dominio anotadas en el Registro de la Propiedad Inmueble de la jurisdicción (como que esté sujeto a expropiación) o inhibiciones personales (del o los propietarios).
- Los planos de la propiedad deben estar aprobados y en el caso de estar sujeto al régimen de la propiedad horizontal, contar con el reglamento de propiedad y administración actual. Hay casos en que existen los planos de la propiedad y estos no reflejan la realidad de lo que se está vendiendo. Por ejemplo, hay propiedades que tienen metros fuera de planos o reformas estructurales no declaradas, por lo cuál no estarían dentro de la categoría para ser sujetas a crédito hipotecario “La otra opción que puede ser un limitante es que la propiedad esté en una zona inundable, en una zona afectada por expropiación ferroviaria, o alguna otra limitante excepcional.
- En el caso de que el propietario sea de estado civil casado y el inmueble sea ganancial o propio, pero con asiento del hogar conyugal y con hijos menores de edad, debe contar con el asentimiento conyugal. Se aplican requisitos similares en el caso de uniones convivenciales.
Qué documentación se debe presentar?
Según Enrique Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina, el propietario deberá presentar los siguientes instrumentos al banco, para que el comprador gestione el crédito:
- Fotocopia de escritura de dominio (título de propiedad).
- Plano municipal aprobado y, si se trata de propiedad horizontal, el reglamento de propiedad y administración (conjunto de normativas y disposiciones establecidas para regular el funcionamiento y la convivencia dentro de un edificio, condominio o conjunto residencial) y, en su caso, si existiera, el interno y el plano de subdivisión del inmueble aprobado (documento técnico que muestra cómo se divide una propiedad inmobiliaria en diferentes parcelas o lotes).
- Instrumento de reserva ad referéndum (sujeto a la aprobación) del otorgamiento del crédito, con los siguientes datos mínimos: nombre, apellido, DNI, domicilio, teléfono y e-mail del comprador; nombre, apellido, DNI, teléfono y e-mail del vendedor.
- Información del inmueble: calle, número, piso, departamento, número de unidad funcional (de acuerdo al plano de subdivisión y de reglamento de la propiedad horizontal), número de unidad complementaria (como, por ejemplo, la cochera o baulera), lugar de localización.
- Valor del inmueble, el cual luego será tasado por el banco.
Una vez que el comprador presente esta documentación en el banco, este asignará un tasador quien se pondrá en contacto con el solicitante para derivarlo a la inmobiliaria y visitar luego el inmueble.
Para el supuesto de préstamo para la realización de mejoras edilicias sobre un inmueble, se debe adjuntar: escritura del inmueble y los planos de las obras a realizar certificados por ingeniero o arquitecto con sus respectivas certificaciones ante los colegios profesionales que rigen la matrícula.
Con la tasación presentada por el tasador, el Banco ya puede aprobar el crédito y el monto de dinero a prestar. Luego se asigna un escribano que realizará la hipoteca.
El vendedor tiene que tener en cuenta que la operación de venta suele llevar dos meses y no puede elegir el lugar de firma de la escritura, ya que debe hacerse en el banco que otorga el crédito.
Fuente: “LA NACIÓN” Redactora: María Josefina Lanziora