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  • Ambientes: 1
  • Baños: 1
  • Superficie: Total: 22.5 m² Cubierta: 22.5 m²
  • Etapa: Usado
  • Ubicación en la cuadra: Media Cuadra
  • Antigüedad: aprox. 45 años
  • Categoria: Standard
  • Accesibilidad: No
  • Ciclovía en la cuadra: No
  • Parquímetro en la cuadra: No
  • Tipo: Entre Medianeras
  • Centros comerciales cercanos
  • Escuelas cercanas
  • Servicios; ABL. AYSA. Gas natural. Electricidad

Ambiente al lateral.  Reclicado a nuevo. Total aprox. 22.5m². Placard y aire acondicionado, pisos de parquet. Cocina independiente con ventana al lateral, equipada con mesada de granito, grifería monocomando, muebles bajo mesada, alacenas, estantes, mesa rebatible, cocina dos hornallas y calefón a gas. Baño con espacio para ducha. Cocina y baño con pisos de cerámicos.

Superficie aproximada cubierta – total 22.5m².  Expensas aproximadas Octubre 2025 $ 60.000.- Antigüedad aprox. 45 años. Estratégica ubicación entre las calles Federico García Lorca y Martín de Gainza, a  una cuadra de la Avda. Rivadavia. A   tres del Subte A Estación Primera Junta. Numerosas líneas de colectivos: 1, 2, 5, 8, 25, 26, 36, 49, 53, 55, 84, 85, 86, 88, 92, 96, 103, 104, 132, 136, 141, 163, 172, 180, 181.

INFORMACIÓN IMPORTANTE:  Los planos, medidas, fotos y valores de expensas, impuestos y/o servicios informados en este anuncio son aproximados y al solo efecto orientativo. Los mismos han sido provistos por el propietario, no forman parte de ningún tipo de documentación contractual y pueden quedar desactualizados por el transcurso del tiempo. Los datos definitivos surgirán del título de la propiedad del inmueble referido. El valor de venta publicado puede ser modificado sin previo aviso y siempre queda ad-referéndum del propietario. La venta de este inmueble está sujeta a la tramitación del Código de Transferencia de Inmuebles (COTI), por parte del propietario.

No accesible para personas con movilidad reducida – Ley 5115, Art. 1 y 2 CABA.
Ley 5115 CABA art. 1°: Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas. art. 2°: Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra “accesible”.

Ficha para descargar:

Natalia Borzone CUCICBA Matrícula No 9319.
Artículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con
independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley.

TASAMOS EN CABA. ASESORAMIENTO PERSONALIZADO SOBRE NORMATIVA PARA LOTES EN CABA.